Editorial

TIC TAC DE SINSABORES Y DESATENCIONES
Una vez más, la política se transforma en burdo programa farandulero. El registro (con fractura de puerta incluida) de la vivienda particular de la presidente Dina Boluarte y del despacho presidencial en Palacio de Gobierno en busca de evidencias sobre los famosos e inubicables relojes Rolex y alhajas de gran valor económico, evidencian que el triste espectáculo vale más que el sentido de justicia.
La jefa de Estado, mediante mensaje a la nación, ha negado las acusaciones en su contra y las califica de tendenciosas, “acoso sistemático”, anotando que ella habrá de declarar la (su) verdad ante el Ministerio Público y el país; empero, la demora en hacerlo desde que salió a la luz el “escándalo” ha hecho mutis; lo único claro en su pronunciamiento es que ejercerá la primera magistratura hasta el 28 de julio de 2026.
En contraparte, los opositores al régimen Boluarte, que han retomado el lema “vacancia y elecciones inmediatas” continúan con la campaña de desprestigio aunque sin proporcionar mayores indicios o elementos de juicio, salvo lecturas de algunos párrafos de las actas de la fiscalía (curiosamente, estas deben ser reservadas, herméticas). En fin, cualquier cosa puede suceder, mientras la imagen del Perú se opaca en el exterior.
Por otra parte, se abre nueva polémica por el megapuerto de Chancay (a inaugurarse posiblemente en una primera fase en noviembre próximo) por el tema de la “exclusividad de los servicios portuarios”, al incumplir con el principio de la legalidad administrativa e ir en contra de la libre competencia, según la Autoridad Portuaria Nacional (APN).
El consorcio sinoperuano Cosco Shipping Ports Chancay Perú respondió mediante un comunicado que tal exclusividad le fue concedida en el 2021, en concordancia con el marco legal vigente y sin ninguna objeción; agregando que la APN presenta la resolución tres años más tarde (2024).
¿Puede un privado tener la exclusividad de los servicios esenciales portuarios? La respuesta es positiva a tenor de la Ley del Sistema Portuario Nacional, en forma total o parcial, si así figura en el contrato firmado por las partes. En otras palabras la demanda interpuesta por la APN afecta, en términos generales, la seguridad y la estabilidad de las inversiones; por ende, se espera que las autoridades gubernamentales tomen las medidas del caso a la brevedad, pues una primera evaluación dispone un plazo de 45 días (vence el 2 de mayo) para iniciar un procedimiento de oficio o se archiva en forma definitiva. Y una apelación de las partes demandaría otros 120 días hábiles.
Por la salud política, económica y social del país, el tema de la presidente Boluarte y del Megapuerto de Chancay merecen pronto atención y por tanto soluciones concretas.

Carlos Acat Koch
Editorialista